La Dirección General del Consumidor de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha, a partir del 31 de diciembre, una Guía de Gobernanza y Transparencia en Préstamos «Rotativos» para entidades supervisadas lanzada por el Banco de España y tiene como objetivo establecer una serie de Pautas de Supervisión que faciliten el cumplimiento de las instituciones financieras en cuanto a Gobernanza y Transparencia en Créditos Rotativos y fomenten buenas prácticas en este tipo de producto.
El crédito «rotativo» ha sido objeto de un Tratamiento Regulatorio Diferenciado en 2020, que ha establecido nuevas obligaciones de información y otras medidas relacionadas con la capacidad de pago de sus usuarios. Este producto se ha extendido rápidamente en los últimos años, ofreciendo fondos rápidos con un método de pago flexible que permite devolver el préstamo de forma diferida con pagos periódicos y una tasa elegida por el usuario.
Entre los aspectos que aborda la guía está el Anuncio de que el Banco de España establecerá que El término «libre» no se use en referencia a la tarjeta y que, en cualquier caso, se aclare que la propina solo afecta la emisión y/o mantenimiento del instrumento de pago, pero no la disponibilidad del crédito, que se pagará de acuerdo con las condiciones estipuladas para el «crédito rotativo».
La Información detallada y correcta de los clientes es un eje fundamental de esta guía, por lo que las entidades deben presentarla de forma Individualizada para que el consumidor pueda evaluar si el acuerdo de crédito propuesto se ajusta a sus intereses, necesidades y situación financiera. La información debe ser de Máxima Claridad, abarcando el contenido de la Información precontractual, las características esenciales de los productos propuestos y los efectos específicos que pueden tener en el cliente, incluidas las consecuencias en caso de incumplimiento.
Según la guía, La información y el empleo deben diferenciarse claramente. Además, en la transición de la información al empleo No deben existir casillas previamente marcadas.
Como en todos los créditos, el usuario tiene Derecho de desistimiento en 14 días. En el caso de los préstamos «rotativos» asociados con un instrumento de pago, como las tarjetas, en los que las entidades consideran que el contrato se formaliza después del primer uso o activación de la tarjeta, La fecha límite para ejercer el derecho de desistimiento debe comenzar en el momento de la activación o uso del instrumento de pago, lo cual debe reflejarse en toda la información proporcionada en una fase precontractual y en el contrato.
También se aborda el tema de los seguros complementarios en el crédito «rotativo», de modo que las entidades que venden un Seguro Combinado con este producto deben informar claramente a la clientela sobre la necesidad o no de este seguro, sus características, así como su Costo e Impacto, si corresponde, en las condiciones del crédito. Por lo tanto, La contratación del seguro debe ser independiente al crédito. La prima del seguro no forma parte de los pagos periódicos del crédito «rotativo», y el no pago de la prima de seguro no puede considerarse como una deuda derivada del crédito.
El Banco de España menciona la posibilidad de que las entidades bancarias se comuniquen con su clientela sobre los créditos «rotativos», informándoles de posibles Cambios Contractuales para adaptarse a esta nueva guía, siempre con el fin de Mejorar la transparencia de los contratos para los consumidores.
Es de vital importancia la Educación Financiera en el consumo, para que la información y el conocimiento permitan tomar decisiones financieras adecuadas y responsables de manera oportuna.
Con el crédito rotativo, la deuda derivada se renueva periódicamente. Aunque la deuda disminuye con los pagos periódicos, los Intereses, comisiones y otros gastos generados suelen ser bastante altos, lo que comúnmente se financia. Por esta razón, uno de los principales riesgos asociados al uso de este tipo de producto es que, en caso de realizar pagos mínimos, La amortización se extienda a largo plazo, lo que resulta en el pago de altos intereses y, finalmente, en la perpetuación de la deuda.
