La entidad ‘Sevilla se muere iniciativa ciudadana’ ha presentado una denuncia ante la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía por el presunto incumplimiento de la Ley de Patrimonio Histórico en el desarrollo del Icónica Santalucía Sevilla Fest, celebrado en la Plaza de España. En su escrito, la entidad solicita la «inmediata suspensión» del evento y sanciones, al considerar que se realiza en una zona de «máxima protección estatal y autonómica», dado que el Parque de María Luisa está declarado Bien de Interés Cultural (BIC).
Según la denuncia presentada el domingo consultada por Europa Press, la entidad denunciante ha solicitado a la Dirección General de Patrimonio de la Junta de Andalucía la apertura de un expediente sancionador contra la empresa Green Cow Music S.L., su CEO y responsable del evento, Javier Esteban, así como contra otras posibles personas implicadas, por la comisión de una infracción grave conforme al artículo 109.h) b) de la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA), que sanciona la realización de obras no autorizadas o que incumplen las condiciones legales establecidas.
Asimismo, se solicita que se imponga la sanción correspondiente conforme al artículo 114.1 de la LPHA, que obliga a la colaboración entre Administraciones Públicas para la protección del patrimonio histórico. También se invoca el artículo 29.3 de la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público (Lrjsp), que establece que la sanción debe ser proporcional a la gravedad de la infracción, atendiendo a criterios como la intencionalidad, persistencia, daños causados y reincidencia.
Además, se solicita la «inmediata suspensión» de esta actividad desarrollada en la Plaza de España de Sevilla, como medida cautelar, conforme al artículo 118.2 de la LPHA, que faculta a la Administración cultural a ordenar la suspensión inmediata de cualquier actuación que pueda constituir una infracción, así como a adoptar las medidas provisionales necesarias para evitar daños al Patrimonio Histórico Andaluz e iniciar el correspondiente expediente sancionador.
De esta forma, la asociación denuncia que el festival Icónica se celebra en un espacio de titularidad municipal, cedido a la empresa Green Cow Music S.L. por Contursa S.A., sociedad pública del Ayuntamiento de Sevilla, a cambio de un canon anual por seis años más. Sin embargo, «se desconoce el título jurídico que respalda dicha cesión, ya que no se ha encontrado ningún documento en el portal de transparencia del Ayuntamiento ni en el perfil del contratante de Contursa que justifique la ocupación de la Plaza de España». «Tampoco consta que se haya seguido un procedimiento de concurrencia competitiva, como exige la normativa para el uso lucrativo de bienes de dominio público», expone el texto.
De igual modo, manifiesta que el 21 de diciembre de 2023, el Ayuntamiento indicó al Defensor del Pueblo Andaluz que la autorización se otorgó por la Gerencia de Urbanismo conforme a la Ordenanza Fiscal, aunque «no se ha localizado el documento en el que se plasma la concesión o autorización con las condiciones a que se sujeta el uso por Green Cow Music S.L.».
La denuncia presentada se fundamenta en el incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que establece que cualquier obra que afecte a Jardines Históricos declarados Bien de Interés Cultural (BIC), así como a su entorno, requiere autorización de los organismos competentes para la aplicación de dicha ley. Esto incluye también la colocación de rótulos, señales o símbolos en dichos espacios.
Asimismo, se alega la vulneración del artículo 33.3 de la Ley 17/2004, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, que exige autorización previa de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para ejecutar cualquier intervención, modificación o cambio en inmuebles declarados BIC o en su entorno. Esta autorización es un requisito indispensable antes de solicitar cualquier otra licencia o permiso administrativo.
Del mismo modo, se denuncia el incumplimiento de lo establecido en los artículos 44 a 47 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía. Dichos artículos regulan el procedimiento para la incoación de expedientes de declaración de BIC, determinando quiénes pueden solicitar dicha incoación y los requisitos exigidos. Además, regulan la instrucción del expediente, incluyendo la elaboración de informes técnicos, la audiencia a los interesados y la práctica de pruebas pertinentes. También establecen el contenido que debe tener la resolución de declaración –como la descripción detallada del bien, sus valores culturales y las medidas de protección aplicables–, así como el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz y su correspondiente notificación a los interesados.
La asociación Sevilla Se Muere sostiene que la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía es competente para iniciar y tramitar un expediente sancionador por las posibles infracciones graves cometidas, aunque advierte de que la «inacción» de la Administración, pese a las actividades de Green Cow S.L. y a un informe del Defensor del Pueblo que desde 2022 expone que la «falta de autorización» de la Consejería, podría constituir un delito de prevaricación por omisión (art. 404 y 11.a del Código Penal). Por ello, la entidad se «reserva» el derecho de presentar denuncia ante la Fiscalía, así como ante el Ministerio de Cultura por posible expoliación del patrimonio, conforme al artículo 57 bis del Real Decreto 111/1986, en desarrollo del artículo 4 de la LPHE.
